
Cancillería cuestionó la decisión de dos empresas extranjeras de avanzar en la explotación del yacimiento Sea Lion sin autorización argentina y advirtió que la medida viola resoluciones de la ONU y leyes nacionales.
El Gobierno de Javier Milei, a través de Cancillería, difundió este jueves un extenso y contundente comunicado en el que rechazó de manera “enérgica” el anuncio de la Decisión Final de Inversión realizado por las compañías Rockhopper Exploration Plc (británica) y Navitas Petroleum Development and Production Limited (israelí) para avanzar en el desarrollo del yacimiento Sea Lion, ubicado en la Cuenca Malvinas Norte.
Según sostuvo el Gobierno, las firmas actúan como “licenciatarias ilegítimas” al operar sin autorización de la Argentina, único Estado habilitado para otorgar permisos en la plataforma continental.
El texto oficial advierte que estas acciones unilaterales violan resoluciones de la ONU, afectan la disputa de soberanía y constituyen un avance ilegal sobre recursos naturales no renovables. Además, el Gobierno recordó que ambas empresas fueron sancionadas e inhabilitadas previamente por operar sin autorización en territorio argentino.
“La República Argentina expresa su más enérgico rechazo a la pretendida ‘Decisión Final de Inversión’ anunciada por las ilegítimas licenciatarias Rockhopper Exploration Plc, de origen británico, y Navitas Petroleum Development and Production Limited, de origen israelí, para el desarrollo del yacimiento ‘Sea Lion’ ubicado en la Cuenca Malvinas Norte, costa afuera de las Islas Malvinas, sin contar con los permisos de la autoridad competente argentina.
La Argentina recuerda que toda exploración y explotación unilateral de recursos naturales renovables y no renovables en las áreas sujetas a disputa de soberanía resulta contraria a lo dispuesto por la Resolución 2065 (XX) y concordantes de la Asamblea General de las Naciones Unidas y del Comité Especial de Descolonización. Dichos instrumentos reconocen la existencia de una disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido, e instan a ambos gobiernos a reanudar negociaciones a fin de alcanzar, a la mayor brevedad posible, una solución pacífica y definitiva a la controversia.
El rechazo argentino se hace extensivo a todos los actos conexos vinculados al avance hacia la fase productiva del proyecto, incluyendo la adopción de pretendidas normativas isleñas, las concesiones de explotación en la plataforma continental argentina, la contratación de proveedores de servicios, y toda otra medida o decisión asociada a las actividades ilegales de exploración y explotación de hidrocarburos en la plataforma continental argentina próxima a las Islas Malvinas.
Estas medidas constituyen acciones unilaterales e ilegítimas del Reino Unido, incompatibles con lo dispuesto por la Resolución 31/49 de la Asamblea General, que insta a las partes a abstenerse de introducir modificaciones unilaterales en la situación mientras las Islas se encuentran sujetas al proceso de negociación recomendado por las resoluciones pertinentes de Naciones Unidas.
Dicho accionar unilateral resulta manifiestamente contrario al ordenamiento jurídico argentino, en particular a lo dispuesto por las Leyes N° 26.659 y N° 26.915, conforme a las cuales no pueden realizarse actividades de exploración y/o explotación de hidrocarburos en la totalidad de la plataforma continental argentina sin contar con la debida autorización de la autoridad competente argentina.
En aplicación de estas normas, ambas compañías han sido oportunamente sancionadas. Rockhopper Exploration Plc fue declarada clandestina y sus actividades ilegales por medio de la Resolución de la Secretaría de Energía N° 133/2012 y se dispuso su inhabilitación para operar en la República Argentina por un plazo de 20 años a través de la Resolución S.E. N° 456/2013. Por su parte, Navitas Petroleum Lp fue pasible de idénticas sanciones mediante la Resolución S.E. N° 240/2022 por desarrollar operaciones hidrocarburíferas en territorio argentino sin la debida autorización de las autoridades competentes.
El Gobierno argentino reitera que no reconoce competencia ni jurisdicción a ninguna autoridad distinta de la propia para establecer las condiciones que habiliten actividades vinculadas a hidrocarburos en las áreas mencionadas. En este marco, la República Argentina hace saber a toda persona física o jurídica, nacional o extranjera, incluyendo empresas, entidades financieras, proveedores de servicios, aseguradoras y demás actores involucrados en estos proyectos, que toda participación directa o indirecta en actividades de exploración o explotación hidrocarburífera no autorizadas en las áreas en disputa constituye un acto ilícito a la luz del derecho internacional y del ordenamiento jurídico argentino, y que tomará todas las acciones pertinentes.
En consecuencia, quienes intervengan o faciliten dichas actividades quedarán expuestos a la adopción de medidas administrativas, legales y judiciales, incluyendo sanciones, restricciones operativas, inhabilitaciones y acciones en jurisdicciones nacionales e internacionales. La República Argentina desalienta de manera expresa la participación en estos emprendimientos ilegales y se reserva el derecho de ejercer plenamente todas las acciones disponibles para impedir su desarrollo y salvaguardar sus derechos e intereses soberanos.
Los nuevos anuncios sobre la intención de dar inicio a las actividades de explotación de hidrocarburos en áreas bajo disputa constituyen un nuevo acto unilateral de efectos futuros potencialmente irreversibles, teniendo en cuenta que se trata de recursos naturales no renovables. Por la gravedad de lo expuesto, y en plena conformidad con el derecho internacional, la República Argentina profundizará su plan de acción con el fin de adoptar todas las medidas adicionales, de conformidad con el derecho internacional, que considere necesarias para salvaguardar sus derechos e intereses soberanos.
La República Argentina reafirma, una vez más, sus legítimos e imprescriptibles derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes“.
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