Imagina que decides contratar a alguien para que limpie o cuide de tu hogar y, de pronto, recibes la visita de una inspección. En España, aproximadamente el 40% de las trabajadoras del hogar no están registradas en la Seguridad Social, según un informe del Instituto Santalucía de 2024. Esta situación deja a las empleadas sin derechos y pone a los empleadores ante la posibilidad de enfrentar sanciones severas. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) considera estas faltas como graves, con multas que oscilan entre 751 y 7.500 euros. El ámbito laboral en el hogar es privado y complicado de supervisar, lo que incrementa los riesgos de abusos. Muchas trabajadoras provienen de contextos vulnerables, y sin un contrato escrito, carecen de protecciones elementales. La normativa establece que se debe formalizar el contrato por escrito si la relación laboral supera un mes o si la empleada así lo solicita. De no hacerlo, se presume un contrato indefinido y a jornada completa. Además, es necesario especificar aspectos como salario, horario, pernoctas y posibles pagos en especie. Sanciones por infracciones graves La LISOS, en su artículo 40, establece las multas según la gravedad: Grado Rango de multa (euros) Mínimo 751 – 1.500 Medio 1.501 – 3.750 Máximo 3.751 – 7.500 La cuantía de la sanción varía en función de la duración del incumplimiento, el número de trabajadoras afectadas o las advertencias previas recibidas. No dar de alta a una empleada en la Seguridad Social implica sumar cuotas atrasadas con recargos e intereses. Pagar menos del SMI para 2026 —que será de 1.221 euros en 14 pagas o 1.424,50 euros en 12— también se considera una infracción grave (artículo 7.10 LISOS). Sin papeles o alta: Obligatorio desde el primer día. La Tesorería General de la Seguridad Social exige el pago…
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